Pregunta: Durante el 02 / 07 / 1417 H., repudié a mi esposa, diciéndole: “de ahora en adelante, eres para mí como mi madre.” Cuando solicité a algunos ulemas una fatwa, para reparar esa falta, el honorable shayj Ahmad Yahya al-Najmi me prescribió ayunara durante dos meses consecutivos y completos, al no ser ya factible liberar a un esclavo creyente. Su exigencia era razonable, porque soy capaz de ayunar, pues tengo treinta y tres años, a condición de que comenzara el ayuno el día 15 / 07 / 1417 H., un día después de emitida su fatwa. Comencé pues a ayunar durante el día indicado, manteniendo esa resolución a partir del día 15 / 07 y durante los dos meses de Sha’ban y Ramadán; interrumpí el ayuno durante la fiesta de al-fitr, con el fin de satisfacer mi expiación, ayunaré hasta el quince de shawwal. El ayuno apareja comprometerse a mantener la abstinencia sexual durante todo el período prescrito.Como ya he mencionado, comencé a ayunar a partir del día 15 / 07 / 1417 H., y como soy persona resuelta y mis fuerzas no han menguado, seguiré ayunando hasta que finalice hoy día. El problema radica en que siento la incontrolable necesidad de mantener relaciones maritales con mi esposa, y tan fuerte es mi tentación que, en algunos momentos, incluso he perdido el control y he estado a punto de caer en pecado. ¡Y aún me quedan más de cuarenta y cinco días de ayuno! (
Número del tomo 20;
Página 317) Mi pregunta es la siguiente: ¿Debido a esa circunstancia, es lícito a que se permita el ayuno impuesto a la sazón por la alternativa de alimentar a la cantidad de menesterosos señalada por la shari‘ah (Legislación Islámica)?
Respuesta: Si su necesidad es irreprimible y teme caer en pecado por ser incapaz de cumplir con la penitencia impuesta, entonces no existe inconveniente alguno en permutar esa expiación por otra forma de expiación alternativa y prescrita para el mismo caso: distribuir viandas entre los menesterosos, es decir: alimentar a sesenta pobres de solemnidad. En el caso que nos ocupa, antes de tener nuevamente relaciones maritales con tu esposa, deberás alimentar a sesenta pobres entregando a cada uno de ellos medio sa’ de comida, el sa’ es una medida que equivale a un kilo y medio. La distribución debe llevarse a cabo antes de tener nuevamente relaciones maritales con su esposa, ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que la paz y las bendiciones de Allah sean con nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!