¿Acaso se da prioridad a cuidarse del esposo sobre realizar la obligación de al-hajj?


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Pregunta: Mi madre tiene alrededor de 75 años de edad y quiere realizar al-hajj (peregrinación mayor). ( Número del tomo 10; Página 33) Ella tiene la capacidad financiera y no tiene hijos menores de edad. Sin embargo, hay algo que le impide cumplirlo. Es que mi padre que tiene 86 años de edad sufre una enfermedad. Pues, ha estado en cama durante dos años, aunque no sufre algún dolor, pero él no puede hacer nada por sí mismo; incluso, hace sus necesidades en la cama. Mi madre, ¡que Allah la ayude!, se cuida bien de él todo el tiempo, por supuesto junto con nuestra ayuda, tanto los varones como las hembras. Los hijos hemos sugerido sustituirla en cuidar a nuestro padre, especialmente mis hermanas mayores para que pueda realizar la obligación de al-hajj. ¿Acaso en este caso se anula su obligación de realizar al-hajj? ¿O tenemos que cuidarnos de nuestro padre en vez de ella para que pueda realizarlo? Por favor, aconséjenos en tal caso. ¡Qué Allah los recompense!


Respuesta: Si hay alguien que pueda cuidar bien de su padre enfermo y existe un mahram (pariente incasable) que viaje con su madre, entonces ella debe realizar la obligación de al-hajj; porque es uno de los pilares del Islam. De modo que una vez que las condiciones de la obligación se cumplan, no estará permitido retrasarlo; porque Allah dice: Los hombres tienen la obligación con Allah de peregrinar a la Casa, si encuentran medio de hacerlo ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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Saad El Ghamidi