Pregunta:
Antes de su muerte, mi padre -que Allah tenga misericordia con él- padecía de varias enfermedades. También tuvo un accidente de tráfico en la carretera de
Riad
Al-Qasim
que causó la muerte de tres personas. Según el informe del departamento de tráfico, mi padre fue el responsable del accidente.
Él vivió cinco años después de haber sobrevivido del accidente, durante los cuales padecía varias enfermedades, sobre todo la diabetes, que le impedían ayunar los días prescritos de la expiación. (
Número del tomo 21;
Página 326) Por último, tuvo parálisis que condujo a su muerte. Somos diez hijos, mujeres y hombres, y queremos compensar sus obligaciones según la shari'ah (Ley Islámica). ¿Qué es lo que debemos hacer en este caso? ¡Que Allah les proteja de todo mal!
Respuesta: Si ustedes ayunan para compensar la expiación debida en nombre de su padre, estarán haciéndole un bien y gratitud, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Quien muera teniendo algún ayuno obligatorio pendiente, que lo haga por él su pariente más cercano.
Además, este acto es deseable. Cabe señalar también que el ayuno debido para expiar el homicidio involuntario es de dos meses consecutivos por cada persona que su padre le causó muerte. Por otro lado, no está permitido que más de una persona comparten el ayuno debido de la expiación, sino que se encarga una sola persona para realizarla.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!