Pregunta 1: Un hombre y su esposa se fueron para realizar al-hajj. El hombre estaba en condición de tamattu' (Consiste en adoptar el ihram para una `umrah (peregrinación menor) durante el tiempo de al-hajj (peregrinación mayor)) mientras que la mujer no lo estaba.
Luego tuvieron relaciones íntimas mientras ella estaba en estado de ihram (estado de sacralización) ¿Cuál sería el veredicto legal al respecto?
Respuesta 1: Si dicho hombre tuvo relaciones íntimas después de haber salido del estado de ihram entre la 'umrah y al-hajj, es decir que concluyó los rituales de la 'umrah y todavía no comenzó los otros de al-hajj, no tendrá la obligación de realizar ninguna expiación. Y en cuanto a la mujer, si la cohabitación tuvo lugar antes de que realizara el recorrido entre Safa y Marwah de la 'umrah, la misma será inválida, y tendrá la obligación de sacrificar un animal en expiación y recuperar la 'umrah desde al-miqat (Lugares que el peregrino no debe pasar sin hacer el ihram) del cual comenzó su primer ihram. Pero si dicho acto tuvo lugar después del tawaf y el recorrido y antes cortarse el cabello, su 'umrah será válida, y tendrá que realizar una expiación, la cual sería: alimentar a seis pobres, degollar un cordero o ayunar tres días.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!