Respuesta: Si el primer comprador recibió el vehículo, lo adquirió y lo revendió a crédito a otra persona, la cual también lo adquirió; si el segundo comprador quiere venderlo al primer vendedor o a otra persona, no hay nada de malo en ello. Por otro lado, el movimiento del vehículo dentro de la galería no se considera posesión, por lo tanto la venta no está permitida, porque ha sido antes de poseer el vehículo.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!