Contratar servidoras musulmanas y no musulmanas de otros países, sin mahram


210

( Número del tomo 17; Página 331) Pregunta: Trabajo en una oficina de servicios públicos, me encargo de unas tareas, tal como contratar servidoras de otros países, sin mahram (parientes incasables), y quizá que no sean musulmanas; asimismo, contratar conductores y obreros, teniendo en cuenta que un gran número de ellos no es musulmán. ¿Cuál es el veredicto legal acerca de este trabajo?, ¿soy así cómplice en el pecado? Les pido que me respondan, ¡que Allah los recompense con el bien!


Respuesta: Las normas de la shari‘ah (Ley Islámica) prohíben ganar dinero por medio de trabajo ilegal. Además, es bien sabido de los textos de la auténtica Sunna que el viaje de una mujer sin mahram está prohibido, y que dos religiones no pueden reunirse en la Península Arábiga. Entonces no está permitido asentar incrédulos en la Península Arábiga, ni llevarles desde otros países para trabajar allí sin necesidad. Por lo tanto, el trabajo que viola estas prohibiciones no estará permitido.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




Relacionado:




Ibrahim al-Dosari