Respuesta 1: Las personas dirigidas por un Imán en la oración, deben hacer el takbir después del Imán, por lo comprobado del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- y de sus Compañeros –que Allah esté complacido con ellos-. En este sentido, no está permitido a los que están rezando detrás del Imán, que digan en este caso: "'Azza wa Galla"; dado que ni los Compañeros del Profeta ni los Salaf Salih (piadosos predecesores) lo hicieron.
Pregunta 2: ¿Cuál es el veredicto legal sobre una congregación -que siempre se reúne- que retrasa la oración colectiva de al-`isha' (la noche)? ¿Es lícito este acto? ¿Es mejor hacerlo o no?
Respuesta 2: Lo lícito para el rezador, es hacer la oración colectiva en la mezquita. En caso de que el Imán retrase la realización de la oración por algún interés, sin tardarla hasta el transcurso de su tiempo, está permitido que el rezador rece detrás de él.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!