Pregunta: Espero que su Eminencia responda a mi pregunta después de examinarla atentamente, la cual tiene dos párrafos, pero ambos están dentro de la misma cuestión: (
Número del tomo 18;
Página 363) Primero, me casé con una mujer que es media hermana materna de mi hermano, el cual es mayor que yo. Lo que pasa es que mi padre se casó con la madre de esta chica y tuvo con ella a mi hermano mencionado, pero luego se divorció de ella, la cual se casó con otro y tuvo con él esta chica. Sin embargo, soy hijo de otra madre, la cual es hermana de la madre de esta chica, pues mi padre se casó con las dos hermanas, una tras otra. Así, la madre de esta chica -mi mujer- es mi tía materna. A pesar de que no estoy convencido de la validez de mi matrimonio, pregunté a algunos jueces para conocer su opinión al respecto; los cuales me dijeron que es válido. No obstante, todavía lo dudo aunque tengo cuatro hijos con ella. Segundo, me casé muy joven con esta chica y la verdad es que no fui demasiado practicante; ya que no rezaba regularmente, pero no cometía ningún acto prohibido. En este periodo, juré en diferentes ocasiones que me divorciaría de ella dos veces (divorcio revocable) y tres veces (divorcio irrevocable), pero rompí mis juramentos. Ahora, no me acuerdo de mi intención, pero estoy seguro de que no quiero divorciarme de ella. Nunca hubo discordia entre nosotros, y no juré que estaría divorciada de mí en su presencia o su ausencia, con la intención del divorcio. Desde hace dos años, Allah me guió al camino recto y al arrepentimiento sincero y Alabado sea Allah, he intentado cumplir con todos los deberes religiosos. Sin embargo, veo que los juramentos anteriores que hice por ignorancia, representan un impedimento entre mi mujer y yo. Por lo tanto, llevo más de un año sin mantener relaciones maritales con ella; hasta que conozca su opinión respecto a esos juramentos y la validez de nuestra relación. Espero su respuesta sobre estos dos temas.
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Número del tomo 18;
Página 364) Respuesta: Primero, si tal es el caso del parentesco entre usted y su esposa, entonces su matrimonio concuerda con la shari‘ah (Ley Islámica), porque siendo su prima materna, media hermana materna para su hermano e hija de su madrastra con otro hombre, no invalida su matrimonio con ella. Tampoco hay ningún texto del Corán o la Sunna que lo impida; y el principio general es la permisión. Segundo, si el caso es como ha mencionado usted, que ha pronunciado el divorcio para que ella haga algo y no haga otro, pero luego usted no cumplió con su juramento sin tener la intención de divorciarse de ella, sino incitarle a hacer algo y prohibirle de hacer otro; entonces deberá realizar una expiación por cada juramento incumplido, que es alimentar o vestir a diez pobres, o liberar a un esclavo creyente. También, es suficiente repartir entre diez pobres, cinco sa' (1 sa' = 3 kg. Aprox.) de trigo, arroz, maíz, etc., de la misma clase que usted proporciona para su familia, de modo que le dé medio sa’ a cada uno de ellos, por cada juramento incumplido. Si no puede realizar lo anterior, entonces debe ayunar tres días por cada juramento incumplido.Si no conoce el número de esos juramentos, debe esforzarse en estimarlo y realizar una expiación por el número que crea que es.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!