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Número del tomo 16;
Página 380) Respuesta: Dado que su madre legó a usted reconstruir la casa de su abuela, quien había encargado a su madre ofrecer un animal de sacrificio, que la casa estaba destruida y usted le pidió permiso a los herederos para renunciar al dinero que ella dejó para ellos, lo que equivale a 1.200 riyales, y ellos estuvieron de acuerdo; en consecuencia, usted reconstruyó la casa y la manejó de acuerdo con el legado de su madre, utilizando su propio dinero en ello, entonces, lo que los herederos dieron fue ofrecido como donación para el dueño de la casa, y lo que usted ha gastado en la casa se considera una ejecución del legado de su madre, y que usted ha donado a su abuela. En base a eso, lo que hay que hacer en primer lugar de los ingresos de esta casa, es reestructurarla y luego ejecutar el legado del testador,
y lo que queda después, deberá ser gastado en los actos de beneficiencia, dependiendo de la decisión del administrador legal. Dichos actos, incluyen gastar en sus parientes pobres; porque tienen más derechos respecto a otros. Sin embargo, si surge alguna controversia, se deberá recurrir al tribunal legal. En cuanto a la otra casa destruida perteneciente a su abuela; si estaba adjunta a la casa, entonces ya le hemos declarado la sentencia para usted. No obstante, si se trata de una parte de la finca y no está conectada a la casa del habiz, esto dependerá de los herederos; pues si permiten adjuntarla a la casa del habiz, a continuación, la regla es la misma. Si no lo permiten, se considera una propiedad que se va a distribuir entre los herederos de acuerdo con el decreto de Allah en este sentido.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!