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Número del tomo 16;
Página 532) Pregunta: Tengo un hermano ciego, tiene una mano y una pierna paralizadas. Él no tenía trabajo para ganarse la vida, sino a través de leer el Corán en los cementerios, las calles, los coches y sobre las aceras, sin seguir las etiquetas de la pureza o la ablución. Así, ganó la vida aprovechándose de la bondad la gente. No sé si tenía la intención de la mendicidad o no. Le prohibía hacerlo repetidamente, diciéndole: permanece en mi casa y voy a mantenerte, a pesar de la estrechez que sufro. Cada vez él lo rechazaba, hasta que murió dejando en el banco una suma de dinero de este recurso, que asemeja a la mendicidad o es mendicidad efectivamente; además de los intereses usureros. ¿Es este dinero lícito o no? ¿Está permitido para mí heredar este dinero o no? Si este dinero es ilícito debido a su recurso y sus intereses, ¿cómo puedo deshacerme de ello? Teniendo en cuanta que él y yo heredamos una casa de nuestra madre, y durante mi ausencia él alquiló esta casa con un contrato permanente, y cuando volví para residir en esta casa, la encontré ocupada por unos arrendatarios. Entonces, les propuse que dejen la casa porque tienen otra vivienda, y yo no tengo nada, pero rechazaron mi propuesta antes de cobrar una cantidad de dinero. ¿Está permitido que les dé parte del dinero que mi hermano dejó para que dejen la casa para mí, o no, porque él es quien la alquiló?
Respuesta: Primero, tiene usted el derecho de heredar el dinero de su hermano, pero debe deshacerse de los intereses bancarios, porque es usura prohibida, que puede ser gastada en los intereses públicos de los musulamenes como distribuirlo entre los pobres y los indigentes, a fin de librarse de ello. Segundo: No hay ningún inconveniente en ponerse de acuerdo con el arrendatario para dejar la casa para usted a cambio de una cantidad de dinero.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!