Respuesta 1: Si la situación de su padre es como usted ha mencionado, entonces no debe ayunar el mes de Ramadán, y tiene una concesión para dejar de hacerlo. Sin embargo, debe alimentar a un pobre por cada día de Ramadán que él no puede ayunar, con medio Sa' (1 Sa' = 3 kg aprox.) de trigo, arroz u otros productos alimenticios con los que alimenta a su familia; porque Allah dice en el Corán:
Así pues temed a Allah cuanto podáis
Y dice en otra aleya:
Allah no impone a nadie sino en la medida de su capacidad
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!