Respuesta: 1- No hay azaque debido sobre la propiedad preparada para el alquiler, y, en este caso sólo se debe pagar azaque en las rentas cobradas después del transcurso de un año de hégira de tenencia, que se estima en el 2.5 %. ¡Que Allah nos otorgue el éxito!
2- Se debe pagar un azaque anual en las parcelas preparadas para la venta que se mide en el 2.5% del estimado valor actual en el momento de pagar el azaque.3- Se debe pagar un azaque anual en la parte que le corresponde en la parcela en sociedad, que se estima en el 2.5% del estimado valor actual en el momento del pago del azaque. (
Número del tomo 8;
Página 101) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!