El sistema prohibido de ahorro


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Pregunta: Su Eminencia el shayj: sabe, su Eminencia, que hay un sistema en las empresas (Sabec), además de la empresa Arabia (Aramco), que se llama: (el sistema de ahorro), el cual depende en algunas cláusulas que pueden acordarse o diferenciarse en algunas empresas. Nosotros en la empresa Arabia de hierro y acero (Hadid) en Al-Gubayl industrial, teníamos el sistema de ahorro, acerca del cual salió una fatwa por el Comité Permanente de la Emisión de Fatwas, dirigida por su Eminencia shayj ‘Abd Al-‘aziz Ibn Baz -que la misericordia de Allah sea con él- que decía que no está permitido realizarlo. Pero lo que sucedió es que la empresa salió con un nuevo sistema de ahorro en 11/6/1420 H., que le adjunto con esta carta, lo que dio lugar a que la mayoría de los empleados se preguntaran sobre si este nuevo sistema, que contiene cláusulas modificadas por parte de la empresa, está permitido o no. Así que espero de su Eminencia que lo vea y nos responda, ¡que Allah les recompense!


Respuesta: No está permitido participar en el sistema de ahorro mencionado, porque contiene la usura prohibida en forma del préstamo con interés, como está claro en la cláusula (6/B), ( Número del tomo 11; Página 99)  por lo que tienen que dejar de formar parte de ello en obediencia a Allah -Exaltado sea- y a Su Mensajero -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-. ( Número del tomo 11; Página 100)  ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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