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Número del tomo 16;
Página 308) Pregunta: Tengo una mujer y, gracias a Allah, tenemos hijos e hijas, algunos son mayores y otros menores y no tengo nada más que la casa en que vivimos actualmente. Mi mujer está enferma y tenemos hijos menores y tengo miedo de que los mayores vendan la casa después de morirme, y entonces, su madre y sus hermanos menores no encontrarían una casa para vivir. Téngase, por favor, en cuenta que los mayores no necesitan nada, ya que, gracias a Allah, son funcionarios y tienen sus propias casas y tal vez sus esposas no acepten ni a los menores y ni a su madre. ¿Está permitido poner en el testamento que la casa se dedique a todos después de morirme y que nadie pueda venderla, sino después de la muerte de su madre o después de pasar veinticinco años, por ejemplo? ¿Cómo garantizamos que los mayores no perjudiquen a su madre y a sus hermanos menores por esta vivienda? Aconséjenme al respecto. ¡Qué Allah les recompense con el bien!
Respuesta:
No está permitido para usted legar más del tercio de la riqueza ni legar a un heredero, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
un tercio, aunque es demasiado
, y en otro hadiz el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
El heredero no tiene derecho a la herencia
Pero si usted dice en su testamento o su habiz: se da a los pobres de entre mi descendencia lo suficiente de los ingresos, esto está permitido, porque está condicionado por una descripción general.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!