Pregunta 1:
¿Cuál es el veredicto legal acerca de llevar al-niqab?
Respuesta 1: En cuanto al niqab;
Abu ‘Ubayd
dijo que los árabes lo conocen como la ropa que solamente muestra los sitios de los ojos, y le aplicaron otros nombres, como: waswasah y burqu'.
El veredicto legal correspondiente, es que está permitido llevarlo. El origen de esto, es lo que fue narrado por
Ibn ‘Umar
-que Allah esté complacido con ambos- que el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
La mujer en estado de ihram (sacralización), no debe llevar velo de cara ni guantes
Recopilado por
Ahmad,
Al-Bujari,
Al-Nasa’i
y Al-Tirmidhi
que lo clasificó como un hadiz sahih (auténtico). En otra versión, dijo:
Oí al Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- prohibir a las mujeres los guantes y el velo de cara durante el estado de ihram (sacralización)
Recopilado por
Ahmad y
Abu Dawud.
(
Número del tomo 17;
Página 172) El hecho de que el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- prohibió a las mujeres llevar al-niqab estando en ihram (estado de sacralización), indica que es permisible hacerlo en otros momentos. Sin embargo, no debe entenderse de este hadiz que es permisible para una mujer en ihram mostrar su rostro ante los hombres no-mahram (parientes con los cuales se puede contraer matrimonio). Más bien, ella debe poner el velo sobre la cara hasta que pasen los hombres. La regla general al respecto, es lo que
fue transmitido por
el Imam Ahmad,
Abu Dawud
e Ibn Maga
bajo la autoridad de
‘A’isha
-que Allah esté complacido con ella- que dijo:
Los caballeros pasaban por nosotros mientras estábamos en el estado del Ihram con el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-; y cuando estaban a nuestro lado, cada una de nosotras bajaba el velo de la cabeza para cubrirse el rostro, y cuando ya habían pasado, lo descubríamos.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!