El veredicto legal acerca de leer Corán en las noches festivas del mes de Ramadán


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Pregunta: Soy recitador del Corán, y celebro las noches festivas del mes de Ramadán, donde el pago de una noche no es más de veinte libras egipcias, incluyendo los micrófonos. Algunos compañeros míos dijeron: Esta recitación está prohibida, y el pago está prohibido; y su prueba sobre esto es el hadiz del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-: Leed el Corán, pero no lo utilicéis como un medio para obtener beneficios mundanos o para ganarse la vida. - ¿Cuál es el veredicto legal al respecto? - ¿Es este hadiz auténtico o no? - ¿Cuál es el veredicto legal acerca de la recitación si el recitador estipula recibir pago? - ¿Cuál es el veredicto legal acerca de las noches festivas del mes de Ramadán? ¿Cometería el recitador algún pecado al hacerlo?


Respuesta: Este acto está prohibido, porque se considera innovación en la religión, además de implicar cooperar en el pecado y la transgresión, así como, está prohibido cobrar dinero por recitar el Corán en los eventos innovados o por los muertos. ( Número del tomo 3; Página 117)  En cuanto al hadiz mencionado, dijo Al-Hafizh en Al-Fath: fue transmitido por Ahmad y Abu Ya'la con un Isnad (cadena de narradores) sólido. Usted tiene que arrepentirse a Allah y dejar de practicar esta profesión. Debe acercarse a Allah a través de recitar el Corán según lo legítimo; y quien abandona algo por Allah, Él le recompensará con otro mejor. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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