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Número del tomo 9;
Página 252) Respuesta 1: Si la realidad es como se menciona en la pregunta, es obligatorio dar expiación por mantener relaciones carnales durante el día en Ramadán. Si la cohabitación tuvo lugar en días distintos, es obligatorio dar expiación por el número de días en los que sucedió el coito, además hay que recuperar estos días. Si el coito ocurrió varias veces en un sólo día, será suficiente ofrecer una sola expiación por este día. También, debe ayunar un día en lugar del otro en el que hizo tal acto prohibido. Por otra parte, la inserción del pene o una parte de él en la vagina de la mujer invalida el ayuno y, en este caso, es obligatorio dar la expiación correspondiente, incluso si no hubo eyaculación. Es obligatorio que su esposa dé la misma expiación y recupere esos días, porque este acto ocurrió con su consentimiento. La expiación consiste en: Poner en libertad a un esclavo creyente; si no es posible, se debe ayunar dos meses consecutivos, es decir, sesenta días. Si tampoco es posible por enfermedad o vejez, se debe alimentar a sesenta pobres, dando a cada uno medio sa' (1 sa' = 3 kg. Aprox) del alimento básico de su localidad. También debe arrepentirse a Allah. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!