Alquilar las tierras de cultivo


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( Número del tomo 14; Página 373) Respuesta 1: Está permitido alquilar las tierras de cultivo, durante un periodo de tiempo determinado, por una cantidad de dinero, previamente fijada. Ibn ‘Umar narró: Los Judíos pidieron al Mensajero de Allah -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- que les arrendara las tierras de Jaybar a cambio de la mitad del total de la cosecha, sea ésta de granos o de frutos. Entonces, el Mensajero de Allah les dijo: os las arrendamos el tiempo que queremos Transmitido por Al-Bujari, Muslim, Ahmad y Abu Dawud ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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Las sociedades necesitan la religión.