Cumplir con el pago del préstamo


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( Número del tomo 14; Página 156)  ( Número del tomo 14; Página 157) Pregunta: Una mujer relata que la situación financiera y económica de su familia era muy mala hace diez años y, debido a las malas condiciones de su marido, se vio obligado a tomar un préstamo de 300 dinares. El marido pagaba los intereses estipulados por el acreedor, mientras que la deuda principal del préstamo se mantenía intacta. Sin embargo, las condiciones financieras de su esposo empeoraron, lo que le llevó a dejar de pagar los intereses mensuales. Luego el marido murió y los intereses fueron acumulándose a lo largo de este período, pues el acreedor añadió el interés acumulativo, que no fue pagado, al capital (de la cantidad prestada). A continuación, presentó una demanda contra la mujer y sus hijos, exigiéndoles el pago de la nueva suma de dinero, que es el capital (300 dinares) más el interés acumulativo más los honorarios del pleito -que son los honorarios del abogado y los gastos-. La suma total requerida de dinero se convirtió en 1000 dinares y, para acabar con este conflicto, la mujer le ofreció dar al acreedor la mitad de la suma a cambio de la renuncia de la demanda y resolver los problemas de forma amistosa y en privado; ya que ella es una viuda con huérfanos a su cargo. El dinero ofrecido era 500 dinares, pero el acreedor se negó totalmente, insistiendo en recibir la suma en su totalidad. La demanda ha estado ante el tribunal durante cuatro años aproximadamente. Ahora la esposa quiere pagar la suma total de dinero (1000 dinares) para cumplir la obligación de su esposo muerto a este acreedor usurero. ¿Le está permitido a la mujer que le dé la suma total de dinero, o debe darle parte de ella, como los honorarios del abogado o el interés acumulativo? ¿Debería pagar el dinero? En caso de que deba pagar, ¿le está permitido darle el interés que tiene en su cuenta bancaria, ya que el acreedor es una persona usurera y no teme a Allah? ¿O debe pagar el dinero de un curso legal que esté libre de usura? Ella está esperando su respuesta. ¡Que Allah los recompense con lo mejor!


Respuesta: La mujer sólo está obligada a devolver la suma del préstamo, que son 300 dinares, si la realidad es como usted ha mencionado. La suma extra es usura, la mujer no está obligada a pagarla y el acreedor no tiene derecho a requerir más de ello. Esto es si su marido dejó dinero del que puede pagar el préstamo, pero si él no dejó nada, entonces ella no tiene ninguna obligación.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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