Pregunta 1:
¿Está permitido para mí realizar dos rak'as después de las dos supererogatorias de la oración de al-fajr (el amanecer)? ¿Cuál es el veredicto legal si las hago? Por favor, que me aclaren este asunto. ¡Que Allah se los recompense!
Respuesta 1: Lo legislado después de la aparición verdadera de la aurora es realizar las dos rak'as supererogatorias acertadas de la oración de al-fajr. (
Número del tomo 7;
Página 249) Esto es lo que hacía el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-. Pues quien observa otras dos rak'as adicionales a las dos supererogatorias, violará las órdenes de la Sunna, porque el Profeta dijo:
No se debe realizar ninguna oración después del alba, excepto las dos rak'as de al-fajr
¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!