Fuera de los países musulmanes, se dedica un cementerio para los musulmanes, y no está permitido enterrarlos con los incrédulos


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Alabado sea Allah, el Único, y que Su paz y Sus bendiciones sean sobre Su Mensajero Muhammad, su Familia y sus Compañeros: El Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas ha leído la carta emitida a su Eminencia, el Presidente General, por parte del Primer Ministro, N˚ (8/2620), y con fecha 22 de Dhu Al-Hiyya de 1404 H. El texto de la carta es como sigue:Le enviamos una copia de la carta de su Eminencia el Ministro de los Asuntos Municipales y Rurales, Nº 235, y con fecha 11 de Ramadán de 1404 H., con sus anexos. Es acerca del problema que enfrenta la Secretaría General de la ciudad de Riad, respecto al entierro de los no musulmanes, de diferentes nacionalidades. Este problema surge cuando hay necesidad de enterrar sus cadáveres, o sus órganos amputados en cirugías. Además, según lo explicado antes por su Eminencia, la Secretaría General había enterrado previamente un cuerpo mucho más allá de los límites de la ciudad. Por lo tanto, la Secretaría General les pide emitir una fatwa acerca de la validez de asignar un cementerio para los no musulmanes. En consecuencia, creemos que este asunto requiere más aclaración, porque enterrar los órganos es una cuestión sencilla; ya que pueden ser enterrados en cualquier lugar. En lo que se refiere a los cuerpos, éstos pueden ser re-enviados a sus países nativos, ( Número del tomo 9; Página 8)  lo que podría resolver el problema. Esperamos estudiar este asunto y darnos su opinión al respecto.


Tras haber estudiado la cuestión, el Comité dijo lo que sigue: No está permitido enterrar a los incrédulos de cualquier religión, ni tampoco a las partes amputadas de sus cuerpos en los cementerios de los musulmanes. Por otro lado, no se debe dedicarles un cementerio en la tierra de la la Península Arábiga; para evitar las corrupciones mundanales y religiosas que podrían causar. Por consiguiente, dichos cadáveres, o partes amputadas, deben ser entregados a sus propietarios y familiares, para transportarlos a otro lugar fuera de la tierra de la Península. Sin embargo, si sus propietarios y familiares niegan recibirlos para trasladarlos fuera de la Península Arábiga, en este caso, se permitirá enterrarlos en una tierra desconocida, que no pertenece a nadie. Eso es para cumplir con la obligación de ocultar sus cadáveres bajo el polvo, y garantizar la seguridad frente a los riesgos dañinos de estos cadáveres. Tampoco se permite encargar al Tesoro Musulmán de trasladarlos fuera de la Península Arábiga; porque no existen pruebas que justifican esto.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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