Pregunta: Un día,
me enfadé muchísimo con mis compañeros, jurando mediante el repudio que no volvería a comer con ellos. Sin embargo, dos meses después fuimos a realizar la al-hajj (peregrinación mayor) y allí, comimos juntos. Ruego que su Eminencia me dé una respuesta sobre este juramento y lo que debo hacer porque me siento muy confuso, que Allah les recompense.
(
Número del tomo 20;
Página 51) Respuesta: Si la situación es como usted ha mencionado de realizar un juramento en caso de furia, estando tan furioso que ni siquiera puede saber lo que hizo, ni cuál fue su juramento, a menos que su compañero le informara de ello, entonces este juramiento por repudio no es válido y, por lo tanto, no debe presentar una expiación. Sin embargo, si no estaba tan enfadado y era consciente de lo que dijo y lo que le dijeron, entonces ha perjurado al comer con ellos y debe presentar una expiación en el caso de que tuviera la intención de dejar de comer con ellos y no la de divorciar a su esposa, o puede considerarse un repudio y puede volver a su esposa, con la que ha cohabitado, siempre que se encuentre en el plazo de espera con el testimonio de dos personas justas y no sea la tercera vez que se realice este repudio. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!