La costumbre de esperar el periodo de un año en concepto de ‘Idda si el marido fallecido fuera un pariente


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( Número del tomo 20; Página 436)  Respuesta 1: El tiempo de espera (‘Idda) y de luto por el fallecimiento del marido es de cuatro meses y diez días. Allah -Altísimo sea- dice: Los que de vosotros fallezcan y dejen esposas, éstas deberán esperar cuatro meses y diez noches para poder disponer de sí mismas Y si la mujer cuyo marido falleció está embarazada, entonces su periodo de ‘Idda y luto será hasta el parto, aunque pase más o menos de los cuatros meses y diez días, Allah -Altísimo sea- dice: Y las que estén embarazadas, su período de espera será hasta que den a luz La mujer durante su periodo de luto debe abstenerse de todo tipo perfume, adorno, etc. Y no debe salir de casa para visitar a sus vecinos cercanos. En cuanto a lo que mencionó de que la mujer que está en periodo de ‘Idda pasa los cuatro meses y diez días si el marido fallecido fuese un pariente suyo, esto no es permisible, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: No le está permitido a una esposa que cree en Allah y en el último Día que lleve luto por ningún muerto más de tres noches, a excepción de su marido por el que debe llevarlo durante cuatro meses y diez días. ( Número del tomo 20; Página 437) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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