Pregunta 1: Tengo una villa de dos pisos en
Riad
que me gustaría legar a mis hijos y a mi esposa. ¿Cuál es su opinión sobre esto?, ¡que Allah le recompense con el bien!
Respuesta 1: No está permitido dedicar un legado para los herederos, por lo que fue transmitido por los cinco compiladores del Hadîz excepto
Al-Nasa’i,
y narrado por
Abu Umama
-que Allah esté complacido con él- que el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Ciertamente Allah dio a cada merecedor de un derecho lo suyo,
y no le está permitido a ninguna persona hacer un testamento a un heredero
Por otra parte está permitido dedicar la casa mencionada como habiz para la vivienda de los herederos necesitados y realizar los mantenimientos de dicha casa cuando sea necesario. (
Número del tomo 16;
Página 321) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!