La restitución del ayuno de los días de Ramadán durante el invierno


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Pregunta: ¿Cuál es el veredicto sobre el acto de ayunar los días perdidos de Ramadán en el invierno, cuyos días, como se sabe, son cortos?


Respuesta: Aquel que tiene que recuperar días perdidos del ayuno de Ramadán debe hacerlo antes de la llegada del próximo Ramadán, sea en el invierno o en cualquier día. Allah -Exaltado sea- dice: Pero el que esté enfermo o de viaje, podrá hacerlo, en igual número, otros días Se comprobó que 'A'isha -que Allah esté complacido con ella- tenía que recuperar algunos días perdidos en Ramadán, y no podía hacerlo sino en el mes de Sha'ban para que pudiera satisfacer al Mensajero de Allah -que la paz y las bendiciones de Allah sean con él-. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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