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Número del tomo 19;
Página 69)
Pregunta 4: ¿Está permitido invertir la dote de una mujer, después de haber determinado su valor, y con el consentimiento de su wali (tutor legal), como capital de una empresa conjunta con el marido, que contribuye con la misma cantidad de dinero? Cabe señalar que ambos serán socios iguales, y los beneficios serán distribuidos por igual. Asimismo, si uno de los cónyuges muere, sus acciones en esta empresa formarán parte de la herencia.
Respuesta 4: La dote de la mujer pertenece a ella, al igual que el resto de su dinero y bienes. Por tanto, no hay nada malo si la utiliza para realizar un negocio lícito con su marido o con cualquier otra persona. Por otra parte, si uno de los dos cónyuges muere, sus acciones formarán parte de la herencia. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!