Los inmuebles que una persona tiene la intención de vender como casas o terrenos


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Pregunta 1: Tengo dos casas y una parcela de tierra. En una casa paso algunos días de fiestas y de vacaciones, y alquilo la otra por 200 riyales al mes. Sin embargo, en ocasiones puede permanecer vacante. En cuanto al terreno; lo compré por 7000 riyales. Por otra parte, si un cliente viene a comprar cualquiera de estas propiedades, voy a vendérsela. Por favor, explíqueme la manera de pagar el azaque debido sobre estas propiedades. ( Número del tomo 8; Página 98)


Respuesta 1: Los inmuebles que usted tuvo la intención de vender, como casas o terrenos, deben ser evaluados al final del transcurso de un año de hégira de tenencia, y basándose en este valor, se debe pagar el azaque debido. En cuanto al azaque de la renta; éste se paga después del transcurso de un año de hégira de tenencia desde la fecha del comienzo del contrato.




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