Pregunta:
Me sometí a una cirugía al comienzo del Ramadán, durante el cual no realicé el ayuno de acuerdo con la recomendación de los médicos. Hice una expiación de un almud de trigo (equivale a 543 gramos). Pregunté a los ulemas al respecto; algunos de los cuales dijeron que es permisible recompensar el ayuno alimentando a necesitados, mientras que otros dijeron que debo realizar ayuno compensatorio. Espero que su Eminencia responda a las siguientes preguntas-, teniendo en cuenta que han pasado dos años y todavía no he realizado dicho ayuno-: 1 - ¿Es válido realizar ayuno compensatorio o basta con alimentar a necesitados?2 - Si no es válido, ¿está permitido compensar el ayuno antes del próximo mes de Ramadán?
Respuesta: Usted debe realizar ayuno compensatorio por los días que rompió en el Ramadán en el momento de la cirugía. Allah -Exaltado sea- dice:
Y el que esté enfermo o de viaje que lo haga en otro momento, por el mismo número de días
(
Número del tomo 9;
Página 97) Por otra parte, tiene la obligación de alimentar a un necesitado por cada día por haberse retrasado en recuperar dicho ayuno hasta después de haber alcanzado el siguiente Ramadán.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!