Respuesta: No es lícito ofrecer parte de los bienes de los menores de edad para que el adulto contraiga matrimonio, inclusive tratándose de su hermano y teniendo la certeza de que va a reponer la deuda, dado que su cargo consiste en invertir los fondos de los menores para su propio beneficio, y éstos no obtendrían ningún beneficio si ofrece ayuda de sus fondos al adulto.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!