Pregunta 5:
Mi abuelo murió sin compensar el ayuno en Ramadán debido a su enfermedad. ¿Cuál es el veredicto al respecto?
(
Número del tomo 9;
Página 263) Respuesta 5: Quien muera teniendo pendiente ayuno obligatorio de Ramadán, sin haberlo podido compensar hasta su muerte, no debería nada, porque él tiene una excusa legal. Sin embargo, si esa persona fue capaz de compensar el ayuno perdido pero lo descuidó hasta su muerte, entonces es mejor que sus parientes ayunen en su nombre, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
Quien muera teniendo algún ayuno obligatorio pendiente, que lo haga por él su pariente más cercano.
Un hadiz de común acuerdo sobre su autenticidad. El "pariente" mencionado en el hadiz se refiere al familiar más cercano. Sin embargo, si no hay nadie que pueda ayunar en su nombre, se debe alimentar de su herencia a un pobre por cada día de ayuno perdido, con la cantidad de medio sa' (1 sa' = 3 kg. Aprox) del producto alimenticio básico del país, según el dicho de un grupo de los Compañeros del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él-. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!