Pregunta:
Teníamos un abuelo que se llamaba Nasir Al-Malham y que falleció desde hace muchos años. Poseía una propiedad en cuyo tercio había varias palmeras, pero el propietario ha perecido y las palmeras han sido diezmadas. Dado que dejó de producir beneficios, esta propiedad ha sido vendida y cada uno de los herederos ha tenido su parte, mientras que la parte de dicho abuelo ha quedado depositada en un banco desde hace más de tres años. Hoy en día los frutos de las palmeras se quedan en las ramas y no encuentran a nadie que las polinice, ni a quien las coseche, además no tienen ningún valor para la gente. Por lo tanto, propuse a uno de los herederos gastar esta suma en la construcción de una mezquita, pero él me dijo que lo vamos a dedicar a un sacrificio o algo similar. Esperamos que su Eminencia nos oriente hacia lo que usted considere oportuno. Que Allah le conceda el éxito hacia el bien. Que la paz sea con ustedes. Cabe señalar que la suma es de 180.000 riyales.
(
Número del tomo 16;
Página 152)
Respuesta: Está permitido dedicar la suma mencionada en la compra de una pequeña casa o una tienda, que será un habiz en nombre de su abuelo y su renta será gastada en lo que su abuelo designó en el testamento. No hay ningún impedimiento en combinar esta suma con otro habiz en una casa o una tienda. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!