Pregunta:Les informo que yo legué un tercio de mi casa ubicada en
Manfuhah,
en la ciudad de
Riad,
registrándolo en un documento legal. A la hora de revisarlo con el Fondo de Desarrollo Inmobiliario, dijeron que debía liberar la casa del testamento y que no habrá problema en darme un préstamo. Y como que la casa es vieja, de barro e inhabitable, ruego a Allah y a ustedes que me indiquen qué debo hacer para liberar la casa de este testamento. Ténganse, por favor, en cuanta que yo soy el testador, aún estoy vivo y no quise decir en el documento legal que este tercio está legado como habiz inmediato, sino que lo harán después de mi muerte.
Respuesta: Está permitido revocar un testamento; porque no será obligatorio sino después de la muerte. En consecuencia, la casa mencionada y registrada en el documento legal adjuntado N˚ 68 en fecha 29/4/1399 H., y emitido por el juez del Tribunal de (
Número del tomo 16;
Página 328)
Riad,
al-Shayj Abdulrahman bin Faris, le permite la revocación del testamento y, por lo tanto, la casa será liberada de ello.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!