Si Al-Nisab se completa por compra, donación o herencia, ¿se cuentan estos animales con Al-Nisab o es necesario que pase un año de hégira de tenencia?


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Respuesta 5: El animal poseído mediante herencia, donación o compra, no se cuenta como parte de al-nisab hasta transcurrir un año tras poseerlo. Luego, al pasar un año después de completar al-nisab, se deberá pagar el azaque.




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