Si quien entró en estado de ihram se puso una vestimenta común por necesidad


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Pregunta 3: Resido y trabajo en el Reino de Arabia Saudita y tengo la intención de realizar la obligación de al-hajj (peregrinación mayor). ( Número del tomo 11; Página 183)  Pero este año el organismo donde trabajo me mandó para trabajar en una tarea relativa a los sagrados rituales. El trabajo me permite realizar todos los rituales, sólo que no tendré la posibilidad de ponerme la vestimenta del ihram (estado de sacralización); dado que la naturaleza de mi trabajo y su sistema me imponen la obligación de ponerme una cierta vestimenta con costura. Así que ¿Qué hago? ¿Será válido mi hajj si sacrifico un animal en expiación sin ponerme la vestimenta del ihram a lo largo de los días del mismo?


Respuesta 3: Si tal es el caso, su hajj será válido y no tendrá pecado por ponerse otra vestimenta que la del ihram para no tener inconvenientes. Pero sí, tendrá la obligación de realizar una expiación, la cual sería: alimentar a seis pobres de entre los pobres de Haram (Territorio Sagrado), degollar un animal en ofrenda que sea válido como sacrificio para la fiesta del Adha y alimentarlo a los pobres de la Meca o del Haram, sin alimentarse del mismo o ayunar tres días. Así que, hacer cualquiera entre dichas tres opciones le será válido. Y lo mismo se realiza en caso de tapar la cabeza, si la ha tapado.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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