El Comité examinó la cuestión planteada por su Eminencia el Shayj Sulayman, cuyo tenor es como sigue:
Mi tío paterno Muhammad ibn Sulayman, murió dejando un hijo y una hija como sus únicos herederos. En términos de riqueza, él dejó atrás su cuota de dos campos de palmeras datileras ubicadas en Al-Qarinah en el desfiladero; uno de los cuales se llama Umm Saqi; (
Número del tomo 16;
Página 275) que contiene solamente treinta y nueve palmeras. Y el otro llamado Al-Naq'ah, el cual contiene noventa palmeras datileras. Su porción en Al-Naq'ah, incluye una parcela de tierra cultivable. Legó un tercio de su fortuna y me nombró como su albacea. Sus herederos quisieron estimar la tercera parte de su riqueza, y por lo tanto, sometieron el caso a la corte del desfiladero en
Huraymala'.
Así pues, el tribunal encargó una autoridad para el asunto, la cual decidió que el tercio debería ser en Al-Naq'ah, porque su porción en Umm Saqi es inferior a un tercio, y dividirla causaría daño tanto a él como a sus herederos. Al consultar el testamento, encontramos un previo legado diferente con este último en la redacción, pero con el mismo significado. En calidad de ejecutor, veo que sería mejor considerar la tercera parte en Al-Naq'ah, sobre las bases de las mismas razones mencionadas por la autoridad, junto con el hecho de que Al-Naq`ah tiene mejor suelo y palmeras, y que sus palmeras son jóvenes, mientras que las de Umm Saqi son viejas. No obstante, las disposiciones del primer legado, que no están mencionadas en el segundo, pueden ser sacadas de un tercio. Les pido examinar los dos legados y darnos una fatwa sobre cuál de ambos debe ser aplicado; puesto que el juez nos pidió solicitar una fatwa sobre el tema. Por lo tanto, lo presentamos a ustedes. Teniendo en cuenta que mi tío vivió durante diez años después de su segundo testamento, ofreciendo solamente sacrificios; uno en su nombre y otro a favor de sus padres e hijos.
(
Número del tomo 16;
Página 276) Respuesta: El Comité examinó los dos legados adjuntados a la pregunta, y contestó por lo siguiente: si la realidad es como usted ha mencionado, entonces se debe aplicar el segundo testamento escrito en 1373 H. El testamento afirma que el difunto recomendó un tercio de su riqueza como sacrificio en su nombre, en nombre de sus padres y en nombre de su hijo 'Abdullah y sus hermanos de forma permanente. También establece que
los tamariscos
en el mercado y en
Qalib Al-Fuhayd,
son caridades dedicadas a
la Mezquita de Al-Gharib.
Por otra parte, se debe sacar el tercio de la tierra de Al-Naq'ah en base a las razones mencionadas por la autoridad, ya que su porción en Umm Saqi es menos de un tercio; y que la división le perjudicaría tanto a él como sus herederos, y que Al-Naq'ah tiene mejor suelo y palmeras y sus palmeras datileras son jóvenes, mientras que las de Umm Saqi son viejas. Además, las disposiciones del primer legado no están previstas en el segundo, y pueden ser sacadas del tercio.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!