Una de las hermanas, dispone de una parte del dinero asignado para la caridad, y lo gasta para sus hermanas discapacitadas


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( Número del tomo 8; Página 299) Pregunta: Mi hijo falleció. Tenía dos esposas, de las cuales, una de ellas se divorció aproximadamente dos meses antes de su muerte, por un repudio revocable. Tiene, pues, de la mujer divorciada cuatro hijas, de entre las cuales tres están discapacitadas y han alcanzado la edad de la pubertad, teniendo en cuenta que ellas sufren de una incapacidad total, ya que son incapaces de hablar o moverse o lo pueden hacer muy poco. Su madre, pues, es quien las cuida, y algunos bienhechores les dan en caridad. ¿Acaso estará permitido a su madre aceptar algo de las dádivas de esos bienhechores? Teniendo en cuenta que ella es una mujer débil y no dispone de dinero, y ellas tienen una hermana sana de quince años, ¿podrá, entonces, tomar algo del dinero de los bienhechores para gastarlo en pro de sus hermanas? El tribunal otorgó, pues, a su abuelo la potestad sobre ellas, y él pregunta diciendo: si se ingresan -es decir: las chicas discapacitadas- en una residencia donde puedan ser cuidadas, ¿podré tomar algo de las dádivas a favor de ellas? ¿Tendrán, también, el veredicto legal de los menores en edad?


Respuesta: Si estas chicas discapacitadas no disponen de dinero suficiente para vivir , le está permitido a su tutor tomar dádivas para mantenerlas. Sin embargo, no le está permitido tomar algo para sí mismo de lo que él había gastado a las chicas, porque solamente pertenece a ellas. Además, la hermana mencionada no puede tomar nada de lo asignado a sus hermanas, y si el Estado desiga a ellas una subvención social, a través de la protección de los discapacitados, entonces no estará permitido aceptar dádivas para ellas, por no haber necesidad de ello.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!




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